DETALLES DE LA NUEVA FACTURA DE LA LUZ


Detalles estructura del cobro de la luz en el BOE Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.

Más detalles sobre la factura de la luz: cómo calcular la factura, bono social, etc.


1.- Como crear tú propia energía (energía libre, casera y infinita). 
2.- Ayudas (Bono Social) para pagar la factura de la luz. Comparativa de precios entre las distintas empresas. Calcular el gasto "real" de tú factura de luz. Medidas para gastar menos en tus facturas. Calcular la "Huella ecológica" que le produces al mundo. 
3.- Combustibles más baratos para sustituir en mí coche o en mí calefacción, por el diésel o la gasolina. 4.- Como construir una casa ecológica, autosuficiente, sostenible y de alta eficiencia energética con energía libre, casera e infinita. 5.- El mejor negocio: las materias primas (valor, ubicación, fuentes de recursos, etc). 6.- Un negocio en continuo crecimiento y con un gran futuro económico y laboral: La Biomasa. 7.- Aplicaciones para ahorrar energía doméstica. 8.- Productos y alternativas libres de obsolescencia programada. 9.- Gasolineras con el combustible más barato y mejor relación calidad-precio de tu ciudad o población. 10.- Necesidades imperiosas del futuro: análisis de aire, agua, suelo, plantas, riesgos naturales, plagas, etc. 11.- Cómo reparar tú mismo electrodomésticos, ordenadores, pintar, hacer bricolaje casero, fontanería, jardinería, etc, (vídeos guía, manuales y consejos). 12.- Como obtener agua potable del aire. 13.- Ofertas de empleo en la Oficina europea de patentes y marcas (EPO) y en la Organización mundial de propiedad intelectual. 14.- Ofertas de empleo en la Oficina española de patentes y marcas. 15.- Cómo reducir el consumo energético casero hasta un 80%.

El precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), que sustituye a la antigua tarifa de último recurso, es la única tarifa eléctrica que determina el Gobierno, al margen del bono social diseñado para familias con especiales dificultades económicas. A esta tarifa están acogidos unos 16 millones de consumidores con una potencia contratada de menos de 10 kilovatios.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2060674/0/recibo-luz/reforma-electrica/claves/#xtor=AD-15&xts=467263
El precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), que sustituye a la antigua tarifa de último recurso, es la única tarifa eléctrica que determina el Gobierno, al margen del bono social diseñado para familias con especiales dificultades económicas. A esta tarifa están acogidos unos 16 millones de consumidores con una potencia contratada de menos de 10 kilovatios.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2060674/0/recibo-luz/reforma-electrica/claves/#xtor=AD-15&xts=467263
¿Cómo se calcula? En una factura de 50 euros, se pagan 20,6 euros de peajes, 18,7 euros de energía y 10,7 euros de impuestos El precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), que sustituye a la antigua tarifa de último recurso, es la única tarifa eléctrica que determina el Gobierno, al margen del bono social diseñado para familias con especiales dificultades económicas. A esta tarifa están acogidos unos 16 millones de consumidores con una potencia contratada de menos de 10 kilovatios. El PVPC se forma mediante la conjunción de tres componentes: el energético, con el que se paga la generación de energía y que se fija con criterios de mercado; los peajes de acceso, que determina el Gobierno para retribuir las actividades reguladas (transporte, distribución, primas renovables, pagos por capacidad o costes extrapeninsulares, entre otros), y los impuestos. En una factura de 50 euros, se pagan 20,6 euros de peajes, 18,7 euros de energía y 10,7 euros de impuestos.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2060674/0/recibo-luz/reforma-electrica/claves/#xtor=AD-15&xts=467263

DEDUCCIONES Y REDUCCIONES EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA. EVITAR PAGAR MÁS IMPUESTOS.

http://www.fiscal-gest.com/web/wp-content/uploads/2014/01/formulario-alta-agencia-tributaria.jpg

 

Compra de vivienda habitual

 
Esta deducción sólo está disponible para quienes adquirieron su casa con anterioridad al 1 de enero de 2013. Quienes hayan comprado su vivienda a partir de esa fecha no podrán disfrutar de ninguna ventaja fiscal. Para los ‘afortunados¡, se mantiene la deducción del 15% de las cantidades satisfechas en concepto de hipoteca y cualquier producto ligado a la misma sobre una base máxima de 9.020 euros. A efectos prácticos esto coloca la deducción en los 1.356 euros en el mejor de los casos.

 

Alquiler de vivienda habitual

 
En el caso del arrendatario la deducción es similar a la de la compra de vivienda. La gran diferencia es que en este caso existe una parte de la deducción que se practica e n todo el el estado y que es del 10,5% sobre las cantidades destinadas al alquiler siempre que la base imponible sea inferior a 24.040 euros. Además, el impuesto está articula de forma que la base máxima de  9.040 euros sólo está disponible para las rentas inferiores a 12.000 euros. Para el resto de rentas hasta 24.000 euros se aplica la siguiente fórmula: 9.040 – [0,75 x (Base Imponible - 12.000)]

 

Donativos

 
Otro medio para desgravar en el IRPF 2014 serán los donativos. Estos permite deducir el 10%, 20% o 30% del dinero aportado a entidades sin ánimo de lucro, actividades de mecenazgo y otras iniciativas similares dependiendo del tipo de institución y de actividad que realice.
Se podrán deducir tanto las aportaciones extraordinarias como las cuotas de socio.

 

Deducción por nacimiento de hijos y madres trabajadoras

 
Aunque el famoso cheque bebé hace tiempo que desapareció, todavía existe una ayuda de 100 euros al mes para madres trabajadores durante los primeros 36 meses de vida del bebé siempre y cuando los progenitores trabajen por cuenta ajena. La cuantía total asciende a 1.200 euros al año  que se pueden cobrar de forma anticipada a razón de 100 euros al mes o esperar e incluirla en la declaración del IRPF 2014.



Deducción por actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundial


Permite deducir el  15% de las inversiones o gastos para la adquisición de bienes del Patrimonio Histórico España que estuviesen fuera de nuestras fronteras, conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de los bienes de su propiedad que estén declarados de interés cultural y la rehabilitación de edificios. La deducción no podrá superar el 10% de la base liquidable.


Por otra parte, las cuotas sindicales a colegios oficiales que sean de obligada membresía para poder ejercer la profesión también darán lugar a deducción.

Aportaciones a planes de pensiones

 
En realidad no se trata de deducción sino de reducción en la base imponible del IRPF. Es decir, las aportaciones minoran la base imponible en la declaración de la renta, lo que hace que efectivamente paguemos menos impuestos. La cuantía dependerá de las aportaciones, que están limitadas por ley en función de la edad del partícipe. En términos generales, conforme más cerca esté la edad de jubilación más se podrá reducir. Los límites a aplicar son los siguientes:

  • Menores de 50 años. Podrán deducir la menor de las siguientes cantidades: 10.000 euros o el 30% de sus ingresos.
  • Mayores de 50 años. Podrán deducir la menos de las siguientes cantidades: 12.500 euros o el 50% de sus ingresos.

Fuente: Renta 2014 

Agencia tributaria.